Calendario de obligaciones para empresarios ferreteros
Señor ferretero, identificar las fechas para estar al día con su negocio es clave para su progreso. Utilice este calendario para planear la meta de pago de sus impuestos y, si es de los empresarios que aún desconoce sus impuestos, aproveche y conozca cuáles son sus deberes y organícese.
CLAVES SOBRE EL CALENDARIO TRIBUTARIO
PERSONAS NATURALES
El plazo para presentar la declaración y para cancelar,
en una sola cuota, el valor a pagar inicia el 1º
de marzo del año 2012 atendiendo los dos últimos
dígitos del NIT que conste en el RUT, sin tener en
cuenta el dígito de verificación.
PERSONAS JURÍDICAS
Los plazos para presentar la declaración y cancelar en
dos cuotas iguales el valor a pagar, se inician el 1º de
marzo del año 2012, atendiendo el último dígito del
NIT que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito
de verificación.
GRANDES CONTRIBUYENTES
El plazo para presentar la declaración y cancelar el valor a pagar, se
inicia el 1º de marzo del año 2012 y vence entre el 11 y el 24 de
abril del mismo año; atendiendo el último dígito del NIT que conste
en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total a pagar en tres
(3) cuotas.
El valor de la primera cuota no podrá ser inferior al 20% del saldo
a pagar del año gravable 2010. Una vez liquidado el impuesto y el
anticipo definitivo en la respectiva declaración, del valor a pagar, se
restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de la
siguiente manera, de acuerdo con la cuota de pago así: Segunda
cuota 50% – Tercera cuota 50%.