Actualmente, el gran reto del comercio, incluidas las ferreterías, es seguir prestando sus servicios y mantenerse abiertos al público en el marco de una cultura saludable. Para esto, el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad no es solo un requerimiento de apertura, sino una necesidad para dar continuidad a las operaciones garantizando la seguridad y salud de empleados, clientes y entorno.
En cuanto al sector ferretero, vale la pena resaltar que debe acogerse a un contexto normativo general y específico para su segmento: además de las normas nacionales, hay que revisar las normativas municipales y de su ubicación específica.
Por ejemplo, si una ferretería está dentro de un centro comercial, debe tener en cuenta las instrucciones dadas por éste.
Como primera medida las ferreterías acatarán la Resolución 666, que define el marco general de los protocolos de bioseguridad para toda actividad económica. Posteriormente, la Resolución 739, es la norma especial aplicable a ferreterías y otros sitios de venta al público y en los numerales 4 y 5 da una serie de parámetros como: la restricción del acceso de mascotas, uso obligatorio de tapabocas por parte de los clientes; el distanciamiento físico de dos metros entre personas; la ocupación interna del local de máximo una persona por cada cinco metros cuadrados y la señalización correspondiente; los pagos preferiblemente por medios electrónicos y si se hacen en efectivo, ideal que el cliente lleve el dinero exacto; el no suministro de publicidad impresa, bonos, tarjetas de regalo, los domicilios empacados en bolsa; la promoción del lavado de manos constante; la toma de temperatura; aumento en la frecuencia de recolección de residuos en área común y baños, y el uso de alcohol y antibacteriales en pasillos, baños, ascensores, entradas y salidas, entre otros.
Igualmente, se recomienda a los encargados de la administración del local restringir el uso de celular a los empleados durante su jornada; promover que el cliente no tenga contacto con las mercancías sino que sea el mismo trabajador quien selecciona y despacha; llevar una base de datos de las ventas, con nombre, fecha y hora, para que en caso de un brote se pueda informar oportunamente; diseñar un plan de comunicaciones (folletos, pendones, piezas digitales) para dejar claro a los clientes signos y síntomas de la enfermedad y tener contacto directorio con el centro de salud más cercano.
Ahora bien, para que una ferretería cumpla y pueda abrir de manera adecuada, lo primero por hacer es revisar las normas aplicables. Después, con base en el panel de requisitos se documenta el protocolo que contenga entre otras: medidas de bioseguridad para trabajadores, equipos de protección, procesos de limpieza y desinfección, medidas locativas y herramientas, manejo de residuos, manejo situaciones de casos sospechosos y con riesgo de contagio, especificaciones para el trabajo presencial, instrucciones para tiempos de alimentación, control de desplazamiento casa-trabajo de empleados, recepción segura de insumos y productos, procedimiento para domiciliarios, interacción con terceros (proveedores, clientes, aliados, etc.).
Dicho protocolo, al ser un documento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es importante que sea elaborado con el apoyo de una persona idónea. De acuerdo a la Resolución 312 de 2019, radicamos documentos ante la secretaria de salud del municipio y paralelamente se hace inversión en: señales, demarcación, insumos de aseo, etc. y la capacitación de la gente para que posteriormente y ya teniendo el radicado, podamos abrir, en el entendido de que estamos esperando confirmación. Igualmente, se debe tener un plan de movilización por medio del que se controle por cada trabajador que medio de traslado usa, desde qué lugar y hasta dónde se transporta y en que horarios, el cual también debe radicarse y monitorearse debido a posibles cierres obligatorios por incremento de casos en áreas específicas.
Los riesgos a los que se expone una ferretería al no cumplir con la elaboración, radicación y aplicación de los protocolos son, por un lado, administrativos, por incumplimiento de las normas, lo que puede llevar al cierre temporal y definitivo del negocio. Igualmente, hay riesgo de enfrentar una denuncia penal, pues de establecerse un incumplimiento y consecuente propagación de la pandemia podría ir a prisión. Hay también riesgo civil, que está dado por personas que pueden verse afectadas, cuando, por ejemplo la ferretería está ubicada en un centro comercial, y esta, al no cumplir las medidas de bioseguridad se convierte en un foco de contagio para el resto de locales. Y, hay riesgo laboral, en caso de que se demuestre negligencia por parte del ferretero en el cumplimiento de los protocolos y uno de los empleados se contagie generando Enfermedad Laboral.
Una herramienta para convivir con el virus
Teniendo en cuenta que hoy en día el factor crítico es el miedo, el cumplimiento y mantenimiento de los protocolos de bioseguridad le permiten a una ferretería seguir funcionando y prestando un buen servicio, al asegurar que cuenta con un entorno de trabajo más seguro. De esta forma transmite tranquilidad al empleado, al cliente y comercio vecino, y se asegura la preparación frente a posibles brotes.
Aunque estas normativas se crearon como una medida de coyuntura a la fecha la Resolución 844 del 26 Mayo 2020, extendió el Estado de Emergencia Sanitario hasta el 31 agosto de 2020 y el Decreto 749 del 28 mayo 2020 mantuvo el Aislamiento preventivo obligatorio hasta 1 Julio de este año. Sin embargo, estos protocolos se podrían ver como documentos con vocación de permanencia, pues es indeterminado el tiempo de duración del Covid-19. Por esto se sugiere que se implementen adecuadamente y se haga consciencia en el personal y clientes sobre hábitos seguros.